Importante convocatoria, interiorícese
«El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) por intermedio de la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) llama a productores familiares granjeros, con deudas ante el Banco de Previsión Social (BPS) por concepto de aportes patronales a la seguridad social originadas con anterioridad al 30 de junio de 2002, a acogerse a los beneficios de su cancelación o abatimiento.
La Ley Nº19.802, de 13 de setiembre de 2019 sustituye el literal B), apartado i), del artículo 8 de la Ley Nº17.844, de 21 de octubre de 2004, en la redacción dada por el art. 2 de la Ley Nº18.827, de 21 de octubre de 2011, modificando los requisitos para destinar recursos del Fondo de Fomento de la Granja, a la cancelación de adeudos por aportes patronales con el Banco de Previsión Social.
Se faculta a cancelar o abatir aquellas deudas originadas con el Banco de Previsión Social (BPS) que los productores granjeros hubieren generado por la actividad de su giro, con anterioridad al 30 de junio de 2002.
Para el cumplimiento de dicho objetivo, la normativa legal vigente destinó hasta US$ 2.000.000 (dos millones de dólares americanos).»
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